fecha de respuesta: 04.01.2025
El software se protege como obra literaria a efectos de derechos de autor, según la Ley de Propiedad Intelectual y directivas europeas específicas. El autor (o la empresa, si es un programa creado en el marco laboral) tiene derechos exclusivos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública del código. Pero la protección sólo abarca la expresión del programa (código fuente y objeto), no las ideas subyacentes. Su régimen se asimila al resto de obras, aunque existen particularidades: por ejemplo, la licencia de software puede permitir modificaciones. También se consideran infracciones la copia pirata y la ingeniería inversa injustificada. No requiere registro para estar protegido, pero a menudo se inscribe para mayor seguridad.