fecha de respuesta: 17.11.2024
Negar un préstamo a madre soltera alegando su estado civil se considera discriminación si no hay una razón objetiva relacionada con su solvencia económica. La Ley 15/2022 incluye el estado civil entre los motivos de protección, y la jurisprudencia extiende la prohibición de discriminación a factores como la monoparentalidad o la situación familiar. Por supuesto, el banco debe valorar la capacidad de pago, pero no puede descartar a clientes basándose en prejuicios de su situación familiar. Si la persona cree que la denegación es discriminatoria, puede reclamar al banco, al Banco de España y, en su caso, a la justicia, aportando pruebas de trato desigual o comentarios discriminatorios.