fecha de respuesta: 05.11.2024
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y sus desarrollos obligan al empresario a garantizar la seguridad y la salud de la plantilla, evaluando riesgos y adoptando medidas preventivas. Debe proporcionar equipos de protección individual, formar e informar al trabajador, vigilar la salud periódicamente y contar con planes de emergencia. El trabajador tiene derecho a interrumpir la actividad si percibe un riesgo grave e inminente y a la protección frente a represalias. El incumplimiento empresarial puede conllevar sanciones administrativas e indemnizaciones por daños. También existe una responsabilidad penal si se produce un accidente grave por negligencia en prevención. Los delegados de prevención representan a los trabajadores y colaboran con la empresa en esta materia.