fecha de respuesta: 12.01.2025
Si el franquiciador dispone de patentes (por ejemplo, fórmulas de producto) o diseños industriales (decoraciones singulares), su uso se integra en el contrato de franquicia junto con la marca. El franquiciado recibe licencia de uso, debiendo respetar las restricciones y pagar los royalties si se establece. Este uso es inseparable del método franquiciado. El franquiciador mantiene la titularidad y la defensa de las patentes o diseños ante infractores externos. Es análogo al uso de marca, con cláusulas de confidencialidad y prohibición de replicar la creación si finaliza la franquicia. El contrato debe clarificar el alcance de esa licencia.