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¿Cómo se regula la adjudicación de contratos en casos de emergencia o catástrofes?

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Pregunta del visitante

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30.11.2024

¿La ley permite saltarse el procedimiento ordinario si hay urgencia extrema?

Respuesta a la pregunta 01.12.2024
fecha de respuesta: 01.12.2024

Sí, el artículo relativo a los contratos de emergencia habilita un procedimiento excepcional para acontecimientos imprevisibles y urgentes (catástrofes naturales, situaciones de grave peligro) que requieran actuación inmediata. Se exonera a la Administración de trámites formales y puede adjudicar directamente a una empresa que ofrezca la solución con celeridad. No obstante, la Administración debe justificar la necesidad inaplazable y publicar posteriormente el contrato y las razones de la emergencia. Aunque se flexibilice el procedimiento, sigue vigente la obligación de usar fondos públicos de forma racional y transparente, evitando abusos.

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