fecha de respuesta: 02.11.2024
La clasificación del suelo en España se encuentra principalmente en los planes de ordenación urbanística de cada municipio, desarrollados según la normativa autonómica. Por regla general, se distinguen tres grandes categorías: suelo urbano (consolidado por la edificación o servicios urbanísticos), suelo urbanizable (apto para desarrollos futuros) y suelo rústico (protegido o no urbanizable). Cada comunidad autónoma regula sus propios parámetros y criterios, a menudo con subtipos de suelo rústico (protegido, de especial valor ecológico, etc.). Las leyes autonómicas de urbanismo fijan directrices, pero la competencia última para clasificar recae en los planes de ordenación municipal.