fecha de respuesta: 31.12.2024
La publicidad con animales debe respetar su bienestar, evitando escenas donde aparezcan situaciones vejatorias o que inciten a tratarlos como objetos. Si se usan escenas de acción con animales, la productora ha de garantizar que no haya sufrimiento real. La Ley de Publicidad y la de Competencia Desleal sancionan la publicidad engañosa o que normalice el maltrato. Muchas agencias exigen certificados de bienestar (presencia de un veterinario o responsable animal en el rodaje). Si se constatara crueldad, se aplican multas y retirada del anuncio. Por tanto, no está prohibido mostrarlos, pero sí hacerlo de manera que se les cause daño o se transmita una imagen de maltrato.