fecha de respuesta: 23.12.2024
Los cruceros suelen considerarse viajes combinados (alojamiento + transporte marítimo + servicios de ocio), por lo que se aplica la normativa de viajes combinados. Además, la Ley de Navegación Marítima regula aspectos de responsabilidad marítima y seguridad a bordo. Los derechos de los pasajeros también se contemplan en la normativa internacional (Convenio de Atenas sobre transporte marítimo de pasajeros). Si hay incidencias, la naviera y la agencia organizadora deben responder por retrasos, cancelaciones o falta de conformidad en el servicio, asumiendo la repatriación si se suspende el crucero. El pasajero puede reclamar en sede civil o ante consumo, según la índole del problema.