fecha de respuesta: 13.12.2024
La Ley 11/2022 posibilita que las infraestructuras de red pasen por fachada si no existe una alternativa técnica/realista y la comunidad de vecinos lo autoriza. Los ayuntamientos pueden regular las condiciones estéticas y de seguridad, pero no pueden imponer tasas excesivas que obstaculicen el despliegue, más allá de la tasa mínima por utilización de dominio público si corresponde. Si surge litigio, el operador puede solicitar amparo a la CNMC, que puede mediar para que no se frene la expansión de banda ancha. Los municipios deben equilibrar la protección del paisaje urbano con la necesidad de mejorar la conectividad.