fecha de respuesta: 18.12.2024
Publicar reseñas ficticias o inflar valoraciones con perfiles falsos puede constituir competencia desleal por engaño al consumidor. La Directiva Omnibus refuerza la prohibición de reseñas inventadas o manipular la media de puntuación. En España, la Ley de Competencia Desleal lo considera práctica engañosa, sancionable con cese, indemnizaciones a competidores perjudicados y posible inspección. Además, si se trata de datos personales o suplantación de identidad, también puede infringir el RGPD o la LOPDGDD. Las plataformas deben tomar medidas para detectar reseñas fraudulentas y eliminarlas para proteger la transparencia y la buena fe.