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¿Cómo se tramita la autorización de actividades subacuáticas turísticas, como buceo en áreas marinas protegidas?

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17.11.2024

¿Depende de la comunidad o de la Capitanía Marítima?

Respuesta a la pregunta 22.11.2024
fecha de respuesta: 22.11.2024

En zonas protegidas (Reservas Marinas, LIC, ZEPA marina), se requiere la autorización de la administración gestora (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o consejerías autonómicas) que regula el aforo de buceadores y zonas restringidas para preservar la fauna. Además, la Capitanía Marítima puede exigir licencias para embarcaciones de buceo y la titulación de instructores. En el ámbito autonómico, cada comunidad define su normativa de turismo activo subacuático, exigiendo que las empresas tengan seguro de buceo y guías titulados. Si la zona es muy sensible (p. ej. Islas Medas en Cataluña), se establecen cupos diarios y necesidad de reserva previa para evitar sobreexplotación.

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