fecha de respuesta: 09.12.2024
La ley prevé que el contratista principal responda ante sus subcontratistas, debiendo abonar puntualmente las facturas. En determinados contratos, los pliegos pueden incluir la facultad de la Administración de realizar pagos directos a subcontratistas si no reciben lo debido, deduciendo ese importe de lo que se adeude al contratista. Sin embargo, no es una obligación general, sino una posibilidad para proteger a pymes subcontratistas de prácticas abusivas. Además, se exige que el contratista comunique la identidad de los subcontratistas y los pagos. Así se fomenta la transparencia en la cadena de pagos y se evitan impagos.