fecha de respuesta: 01.01.2025
La vivienda de segunda mano (o usada) se sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía según la comunidad autónoma, rondando entre el 6% y el 10% sobre el valor de la compraventa. En cambio, si es obra nueva adquirida directamente al promotor, se paga el IVA (tipo general del 10% para vivienda, o 4% si es vivienda de protección oficial) y, además, se liquida el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), normalmente entre 0,5% y 1,5%, según la comunidad. Por tanto, la diferencia principal es que la vivienda nueva lleva IVA+AJD, y la usada, ITP. Conviene informarse en la autonomía donde se ubica el inmueble.