fecha de respuesta: 29.10.2024
La plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) se recalculó tras las sentencias del TC que declararon inconstitucional cobrar el tributo cuando no existe incremento real. Ahora existe un método objetivo con coeficientes y un método basado en la ganancia real (diferencia entre valor de adquisición y venta). Puedes elegir la opción más favorable. Si demuestras que no hubo ganancia, no pagas plusvalía. Además, el Ayuntamiento revisa si hay o no incremento de valor. Se recomienda presentar la autoliquidación con la base adecuada y, si corresponden pérdidas, alegarlo de forma justificada.