fecha de respuesta: 07.01.2025
Generalmente, las subvenciones percibidas se consideran ingresos para tu sociedad y se incluyen en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, según el Plan General Contable, algunas subvenciones ligadas a gastos de explotación (por ejemplo, bonificaciones a la contratación) se imputan como ingresos en la cuenta de resultados cuando se cumplen las condiciones. Si la ayuda financia activos fijos, se imputa proporcionalmente a la vida útil del activo. A efectos de IRPF o IS, es un ingreso más, sujeto a la normativa contable y fiscal. Hay que reflejarlo en la contabilidad y declarar en el ejercicio en que se devenga.