fecha de respuesta: 17.12.2024
La legislación en materia de discapacidad (RD Legislativo 1/2013) y la normativa laboral obligan a las empresas a realizar ajustes razonables para trabajadores con discapacidad, siempre que no suponga una carga desproporcionada. Si no adaptan el puesto o se niegan injustificadamente, incurren en infracción sancionable por la Inspección de Trabajo. Puede suponer multa y reclamaciones de discriminación. Además, para locales de pública concurrencia, deben cumplirse condiciones de accesibilidad. El incumplimiento repetido acarrea sanciones crecientes y la eventual suspensión de actividades. De esta forma, se garantiza la inclusión laboral de personas con diversidad funcional.