fecha de respuesta: 05.01.2025
El transporte terrestre de mercancías se halla sujeto al IVA al tipo general (21%), salvo transporte internacional, donde puede aplicarse tipo cero o exención según las reglas de exportación. El transporte de viajeros por carretera también está gravado al 10% si se considera un transporte urbano y periurbano. En recorridos interurbanos de larga distancia, el IVA puede ser del 10% si encaja en la categoría de transporte de viajeros. Si el transporte es puramente urbano (por ejemplo, autobús municipal), a veces se considera exento o se rige por tipos reducidos, dependiendo de la interpretación de la normativa y la localización del servicio. Cada caso se analiza conforme a la Ley del IVA y directivas europeas.