fecha de respuesta: 12.01.2025
En el procedimiento restringido, a diferencia del abierto, sólo pueden presentar oferta aquellos candidatos que hayan sido previamente seleccionados por la Administración a partir de una solicitud de participación y la valoración de su solvencia. Tras esta fase inicial, los licitadores preseleccionados reciben la invitación para presentar oferta. Con ello, se limita el número de participantes para la siguiente fase, pero se mantiene la concurrencia porque cualquier interesado puede solicitar participar, y se eligen a los mejores o más solventes. La Ley establece que no puede invitarse a menos de cinco candidatos, si los hay, para salvaguardar la competencia. Este procedimiento se utiliza cuando se busca una criba previa de solvencia técnica o económica y resulta útil en contratos complejos.