fecha de respuesta: 26.12.2024
En España, los derechos de explotación (patrimoniales) duran toda la vida del autor y setenta años tras su fallecimiento. Si la muerte ocurrió antes de 1987, aplicaban regímenes distintos, pero la regla general vigente establece esos 70 años post mortem. Transcurrido ese plazo, la obra pasa al dominio público, lo que significa que puede ser utilizada libremente por cualquiera sin pagar royalties ni solicitar autorización, aunque se respetan los derechos morales. En casos de coautoría, el plazo comienza a contar desde la muerte del último coautor. Las obras huérfanas, cuyo titular no puede localizarse, también presentan particularidades. Así, tras el vencimiento, la sociedad accede libremente a esas creaciones.