fecha de respuesta: 14.01.2025
Tras reformas recientes, el convenio sectorial fija condiciones mínimas (salarios mínimos sectoriales, jornadas, etc.), mientras que el convenio de empresa puede regular aspectos específicos adaptados a su realidad. Existe prioridad aplicativa en ciertos temas del convenio de empresa (por ejemplo, la estructura salarial), pero se mantiene que no puede rebajar lo obligatorio en derechos indisponibles o condiciones mínimas legales. Si hay contradicción y la ley no otorga prioridad al convenio de empresa, se aplica el sectorial. La jurisprudencia analiza cada caso, valorando la prioridad establecida en el Estatuto de los Trabajadores y la negociación colectiva. Habitualmente, se busca coherencia y se respetan los límites superiores.