fecha de respuesta: 03.01.2025
La legislación de evaluación ambiental y la normativa autonómica suelen exigir un informe vinculante o preceptivo de la consejería de Medio Ambiente para planes o proyectos con incidencia ambiental. Si es negativo y motivado, la Administración urbanística no puede aprobar validamente el plan, ya que se incumpliría la normativa protectora. El Tribunal Supremo ha anulado planes que desoyeron informes medioambientales desfavorables. Salvo que el proyecto se modifique o se aporten compensaciones ambientales que hagan cambiar la opinión. Si es un informe no vinculante, puede ponderarse, pero normalmente su peso es muy alto para evitar riesgos de impugnación judicial.