fecha de respuesta: 13.12.2024
Los motivos absolutos incluyen la falta de carácter distintivo (marcas genéricas o descriptivas), signos contrarios al orden público o moral, indicaciones que puedan engañar al consumidor, o incluir emblemas oficiales sin autorización. Los motivos relativos afectan a derechos anteriores (marcas registradas previamente, denominaciones de origen, nombres de entidades públicas). También se deniega si el solicitante obra de mala fe. Estas causales protegen la honestidad del sistema registral.