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¿Cuáles son los derechos de los consumidores en los viajes combinados según la normativa española y europea?

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Pregunta del visitante

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22.11.2024

Cuando contratas un paquete vacacional (transporte+alojamiento+actividad), ¿qué garantías brinda la ley? ¿Existe un plazo de reclamación específico?

Respuesta a la pregunta 23.11.2024
fecha de respuesta: 23.11.2024

La venta de viajes combinados se rige por el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) y la Directiva (UE) sobre viajes combinados. El organizador del viaje es responsable de todos los servicios incluidos en el paquete, aunque los preste un tercero, debiendo responder por incumplimientos o falta de conformidad. El viajero tiene derecho a recibir toda la información previa (itinerario, precios, seguros), a rescindir sin penalización si se producen cambios significativos antes de la salida, y a asistencia en caso de problemas durante el viaje. Hay un plazo de reclamación que, según la ley, suele ser de dos años para exigir indemnizaciones por daños o perjuicios. Además, la normativa obliga a que el organizador cuente con garantías frente a insolvencias para reembolsar pagos y repatriar al viajero en caso de quiebra.

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