fecha de respuesta: 23.11.2024
La venta de viajes combinados se rige por el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) y la Directiva (UE) sobre viajes combinados. El organizador del viaje es responsable de todos los servicios incluidos en el paquete, aunque los preste un tercero, debiendo responder por incumplimientos o falta de conformidad. El viajero tiene derecho a recibir toda la información previa (itinerario, precios, seguros), a rescindir sin penalización si se producen cambios significativos antes de la salida, y a asistencia en caso de problemas durante el viaje. Hay un plazo de reclamación que, según la ley, suele ser de dos años para exigir indemnizaciones por daños o perjuicios. Además, la normativa obliga a que el organizador cuente con garantías frente a insolvencias para reembolsar pagos y repatriar al viajero en caso de quiebra.