fecha de respuesta: 29.10.2024
No es suficiente ser funcional; necesita un nivel mínimo de originalidad y de creación intelectual propia. En la práctica, casi todo software con estructura y código no trivial alcanza ese umbral. No es necesario que sea complejo, pero sí que haya elección creativa del autor en su organización y código. Por el contrario, un software mecánicamente generado sin aportación personal podría quedar fuera. La jurisprudencia española y europea asumen que el software normalmente refleja decisiones del programador en su estructura o en el modo de programar. Por lo tanto, casi siempre se considera 'obra original' y se protege por la ley. Solo fragmentos demasiado simples podrían no gozar de protección.