fecha de respuesta: 17.12.2024
Los umbrales comunitarios se revisan periódicamente y varían según el tipo de contrato (obras, servicios, suministros) y el sujeto contratante (Administraciones centrales, organismos subcentrales). Superados esos umbrales, se exige publicación del anuncio de licitación en el DOUE, aplicando las directivas europeas de contratación, con lo que se refuerza la competencia transfronteriza. Para contratos de obras el umbral es más elevado que para servicios y suministros. Esto implica que las empresas de toda la UE pueden presentar ofertas, y la adjudicación se sujeta a reglas de publicidad, plazos y procedimientos armonizados más estrictos. Por debajo de los umbrales, rige la normativa española, aunque se mantienen los principios generales.