¿Cuándo se considera que los medios de comunicación incurren en conducta discriminatoria? - Abogados24-es.com

¿Cuándo se considera que los medios de comunicación incurren en conducta discriminatoria?

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Pregunta del visitante

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20.11.2024

¿Existe supervisión especial?

Respuesta a la pregunta 22.11.2024
fecha de respuesta: 22.11.2024

Si un medio difunde informaciones o mensajes que fomentan el odio o la incitación a la violencia contra un grupo protegido, infringe la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual y el Código Penal en materia de delitos de odio. Además, podría vulnerar la Ley de Igualdad de Trato. La CNMC supervisa contenidos audiovisuales y puede sancionar a cadenas de TV y radio si se detectan contenidos discriminatorios, sexistas o xenófobos. Para prensa escrita o medios online, cabe recurso a la vía penal o civil si se atenta contra la dignidad. También existen autoridades y consejos audiovisuales autonómicos que vigilan la calidad y la ausencia de discursos discriminatorios.

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