fecha de respuesta: 12.12.2024
Un contrato de adhesión es aquel en el que una parte (generalmente un empresario) redacta y predispone íntegramente las cláusulas, mientras la otra parte se limita a aceptarlas sin poder negociarlas. La Ley de Condiciones Generales de la Contratación y, si son consumidores, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, proporcionan protección al adherente: se controla la abusividad de cláusulas, la falta de transparencia o la imposición de desequilibrios. Cláusulas no negociadas individualmente y que causen grave perjuicio pueden ser declaradas nulas. Así se evita el abuso de poder del predisponente y se salvaguarda la buena fe contractual.