¿Cuándo una comunidad de vecinos puede instalar cámaras de vigilancia en zonas comunes? - Abogados24-es.com

¿Cuándo una comunidad de vecinos puede instalar cámaras de vigilancia en zonas comunes?

sin respuestas

Pregunta del visitante

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31.10.2024

¿No vulnera el derecho a la intimidad de los copropietarios?

Respuesta a la pregunta 05.11.2024
fecha de respuesta: 05.11.2024

La Ley de Propiedad Horizontal y la normativa de protección de datos exigen un acuerdo de la junta de propietarios, reflejando que existe una finalidad legítima (seguridad, evitar robos o vandalismo). Las cámaras deben enfocarse solo a las zonas comunes indispensables (portales, garajes), no captando áreas privadas como puertas de viviendas o la vía pública. Debe instalarse cartelería informativa y el tratamiento de imágenes cumplir la LOPDGDD y el RGPD (tiempo limitado de almacenamiento, responsable del fichero, etc.). Con estas precauciones y mayoría necesaria en la comunidad (al menos 3/5, según criterio), se entiende proporcional y no vulnera la intimidad.

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