fecha de respuesta: 04.12.2024
La Constitución Española (CE) en su Título I recoge derechos y deberes fundamentales; sin embargo, algunos derechos sociales están en el capítulo de principios rectores de la política social y económica (arts. 39 a 52 CE), lo que implica que se consideran mandatos para los poderes públicos, pero a menudo requieren una ley de desarrollo para su efectividad. Por ejemplo, el derecho al trabajo (art. 35), la tutela de la familia (art. 39) o la protección de la salud (art. 43) no siempre se tutelan judicialmente como un derecho fundamental al estilo del derecho a la libertad personal. Aun así, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha reforzado su eficacia, exigiendo a los poderes públicos que legislen y actúen para lograr su pleno cumplimiento y dignidad social.