fecha de respuesta: 23.11.2024
Si el daño proviene de una actuación profesional deficiente, se puede reclamar tanto al médico directamente (responsabilidad extracontractual) como al centro privado (responsabilidad contractual y vicaria). Generalmente, el centro tiene un seguro de responsabilidad civil que cubre la actuación de su personal. El paciente demanda civilmente la indemnización y la aseguradora cubre. Si hay indicios de delito (imprudencia grave), también puede interponerse querella penal, pero se resuelve con criterios más estrictos de culpabilidad. Es frecuente que se inicie la vía civil, que exige probar la mala praxis y el nexo de causalidad con el daño. La clínica y el médico responden solidariamente.