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¿En qué casos la Administración puede imponer la declaración de interés social para expropiar terrenos con fines de vivienda protegida?

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17.12.2024

¿La Ley del Suelo lo permite?

Respuesta a la pregunta 22.12.2024
fecha de respuesta: 22.12.2024

La Ley del Suelo y las autonómicas facultan a la Administración para declarar la utilidad pública o interés social en la promoción de viviendas protegidas, especialmente si hay una necesidad acreditada de vivienda asequible. Se puede expropiar suelo para destinarlo a VPO (vivienda de protección oficial) o a programas públicos de alquiler. El planeamiento debe recoger esta posibilidad y justificarla. El procedimiento de expropiación sigue las reglas generales, fijando indemnización al propietario. Así, se persigue un fin social: facilitar la vivienda a sectores con menor poder adquisitivo. No obstante, ha de observarse el principio de proporcionalidad y no vulnerar derechos arbitrariamente.

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