fecha de respuesta: 21.11.2024
Sí, la ley ampara que se valoren criterios de calidad, medioambiente y aspectos sociales ligados al objeto del contrato. Si la Administración fija un subcriterio, por ejemplo, 'Reducción de huella de carbono en la producción' o 'Propuestas de integración laboral de colectivos vulnerables', el licitador que ofrezca dichas mejoras obtiene puntuación adicional. El criterio debe guardar relación con la prestación. No puede ser algo arbitrario o irrelevante. Así, se fomenta la sostenibilidad y la responsabilidad social corporativa en la ejecución de las obligaciones contractuales. Las empresas deben describir cómo cumplirán ese compromiso y la Administración lo evaluará con un baremo transparente.