fecha de respuesta: 27.11.2024
El Convenio CMR (Convenio de Ginebra de 1956) regula el contrato de transporte internacional de mercancías por carretera entre países firmantes, estableciendo un régimen uniforme de responsabilidad y la carta de porte CMR como documento básico. Se aplica cuando el lugar de carga y el de entrega se hallan en Estados distintos. No es obligatorio que la carta de porte mencione el CMR para que el convenio se aplique, pues basta que las condiciones objetivas de transporte internacional se cumplan. Sin embargo, usar el formulario CMR facilita la prueba y la claridad. El Convenio fija un límite de responsabilidad de 8,33 DEG/kg salvo declaración de valor superior.