fecha de respuesta: 14.12.2024
La normativa estatal y autonómica reconoce que cuando un plan de regeneración urbana (rehabilitación integral de barrios, renovación de infravivienda) implica desalojar residentes propietarios u ocupantes legales, surge un deber de realojo o retorno. La Administración o el promotor responsable debe proporcionar alojamiento provisional mientras duren las obras y, si se reconstruye vivienda en la misma zona, permitir el retorno. Esto protege la función social de la vivienda y evita el desamparo de familias afectadas. Los costes suelen ser sufragados por el agente urbanizador o a través de fondos públicos, dependiendo del proyecto y la legislación de vivienda vigente.