fecha de respuesta: 06.11.2024
El maltrato animal abarca conductas que causan daño o sufrimiento injustificado, sea físico o psicológico. Incluye violencia directa (golpear, herir) y omisiones graves (privar de alimento, agua, atención veterinaria esencial). La ley distingue entre maltrato con resultado de lesiones o muerte y la negligencia, que supone no atender las necesidades básicas. Ambas son sancionables, pero el maltrato intencional se castiga con mayor severidad, pudiendo constituir delito penal (art. 337 CP). La negligencia sistemática que ponga en peligro la vida del animal también puede considerarse maltrato en su grado imprudente.