fecha de respuesta: 30.12.2024
Algunos operadores deben llevar contabilidad de existencias de mercancías bajo regímenes especiales (depósito, perfeccionamiento), reflejando entradas y salidas, consumos, mermas. Esto es la contabilidad aduanera, supervisada por la autoridad. Además, para importaciones regulares, se integran en la contabilidad comercial, registrando el IVA de importación y aranceles. No existe una obligación general de declaración recapitulativa de importaciones, pero sí de apuntar en libros los datos relevantes. Con la llegada de la contabilidad electrónica, la AEAT facilita la comprobación telemática de movimientos. Quien usa regímenes especiales sí debe presentar declaraciones periódicas o informes.