fecha de respuesta: 05.11.2024
La propaganda electoral se rige principalmente por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). El principio de autenticidad significa que el partido debe identificarse claramente como emisor y no fingir ser un colectivo ciudadano independiente. Debe acatar los límites de gastos, periodos de campaña y no difundir mensajes que inciten al odio. La Ley General de Publicidad se aplica supletoriamente en aspectos como prohibición de engaño o denigración. Además, la Junta Electoral Central supervisa la equidad y veracidad de la propaganda. Por tanto, se combinan las normas electorales y publicitarias.