fecha de respuesta: 08.01.2025
La acción declarativa de dominio se interpone cuando el propietario desea que se reconozca judicialmente su derecho de propiedad frente a dudas o impugnaciones de terceros, sin que exista una posesión ilegítima que deba ser recuperada (que sería objeto de la acción reivindicatoria) ni una perturbación concreta (propia de la negatoria). Así, si otro cuestiona la titularidad pero no ocupa el bien, el propietario puede pedir al juez que declare que él es el legítimo dueño. Suele usarse para disolver incertidumbres sobre la propiedad. Una vez firme la sentencia, podrá inscribirse en el Registro si resulta necesario, reforzando la publicidad e inatacabilidad de su dominio.