fecha de respuesta: 30.11.2024
La doctrina Calvo, originada en Latinoamérica en el siglo XIX, defiende que el inversor extranjero debe someterse a la jurisdicción y leyes del Estado receptor, sin privilegios ni protecciones internacionales especiales. Rechaza la injerencia diplomática o el arbitraje externalizado. Contrasta con el actual sistema ISDS donde el inversor puede llevar al Estado ante un arbitraje internacional y exigir compensación. Países latinoamericanos, a raíz de la doctrina Calvo, se resistieron inicialmente a firmar BITs o se retiraron de convenios como el CIADI (caso Bolivia, Ecuador o Venezuela). Hoy día, algunos pactan tratados, pero con cautelas para proteger la soberanía regulatoria.