fecha de respuesta: 08.11.2024
Según el art. 11 de la Ley 16/2011, el prestamista debe evaluar la solvencia del consumidor, pidiendo información sobre ingresos, deudas o consultando ficheros de morosidad. Esta evaluación previene el sobreendeudamiento y el impago. Si la entidad no realiza dicha comprobación o actúa con negligencia, puede perder el derecho a percibir intereses o ser sancionada por el Banco de España. Por su parte, el consumidor debe facilitar datos veraces: si falsea su declaración económica, puede incurrir en responsabilidad. El objetivo es garantizar una concesión responsable del crédito y evitar riesgos excesivos.