fecha de respuesta: 19.11.2024
La mediación es un proceso voluntario donde un tercero imparcial (el mediador) facilita la comunicación entre las partes para que alcancen un acuerdo mutuo. No impone ninguna solución: las partes deciden. En cambio, el arbitraje supone ceder el conflicto a un árbitro o panel que dicta un laudo con fuerza ejecutiva, parecido a una sentencia. En España, la mediación se rige por la Ley 5/2012 y el arbitraje por la Ley 60/2003. Ambas pueden combinarse si las partes primero prueban la mediación y, de no lograr acuerdo, pasan al arbitraje. Sin embargo, usualmente se opta por un solo método según la naturaleza de la controversia y la necesidad de una resolución vinculante.