fecha de respuesta: 12.11.2024
La motivación implica exponer las razones de hecho y de derecho que llevan a adoptar un acto administrativo. Es obligatoria, por ejemplo, cuando el acto limite derechos subjetivos o intereses legítimos, cuando se desestime una solicitud o se resuelva un recurso, y cuando implique desviación del criterio seguido en actuaciones previas. Si la motivación es inexistente o insuficiente, el acto puede considerarse viciado de nulidad o anulabilidad. Su finalidad es garantizar la transparencia y el control, permitiendo al ciudadano comprender por qué se tomó esa decisión y, de ser necesario, impugnarla con los argumentos adecuados.