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Soy enfermero en un hospital de Bilbao y trabajo a turnos rotativos, incluidas noches y algunos fines de semana. Estoy en proceso de separación y quiero solicitar la custodia compartida de mi hija de seis años, pero la madre se opone alegando que mi horario es incompatible con un cuidado estable. Tengo posibilidad de organizar turnos con compañeros y contar con apoyo de mis padres para los días complicados. Me gustaría saber si un horario laboral variable impide legalmente que un juez conceda la custodia compartida en España.
Hace tres años me casé en Madrid con una persona con quien nunca tuve intención real de formar una vida en común, sino que lo hicimos únicamente para que yo pudiera regularizar mi situación de residencia en España, algo que ambos sabíamos y acordamos desde el principio. Ahora la relación con esa persona se ha deteriorado completamente y quiero saber si, dado que el matrimonio fue simulado desde el principio, podría solicitarse su nulidad en lugar de tener que tramitar un divorcio ordinario.
Mi pareja y yo llevamos conviviendo varios años en Murcia sin estar casados ni inscritos como pareja de hecho, y tenemos un hijo pequeño en común. Hemos decidido separarnos, pero la vivienda donde vivimos está alquilada únicamente a nombre de mi pareja. Me gustaría saber si, al no estar casados ni ser pareja de hecho formalmente inscrita, tengo algún derecho a permanecer en esta vivienda junto con nuestro hijo, o si simplemente debo abandonarla porque el contrato de alquiler no está a mi nombre.
Somos una pareja de Toledo que se ha ofrecido como familia acogedora ante la entidad pública de protección de menores, y en las entrevistas nos han hablado de distintas modalidades de acogimiento sin que quedara muy claro para nosotros qué diferencia real existe entre un acogimiento simple y uno permanente, ni qué consecuencias tiene cada uno para nuestra relación con el menor a largo plazo y para la posibilidad de que la situación termine en una adopción futura.
Mi ex marido y yo nos divorciamos hace ya seis años en Cuenca, pero por comodidad y porque no había prisa, nunca llegamos a liquidar formalmente la sociedad de gananciales que teníamos, y seguimos siendo cotitulares de un piso y de una cuenta de ahorros conjunta. Ahora quiero vender mi parte y rehacer mi vida económicamente de forma independiente, y me gustaría saber si después de tanto tiempo todavía podemos liquidar los gananciales o si hemos perdido ya esa posibilidad por haber dejado pasar tantos años sin hacerlo.
Nos divorciamos de mutuo acuerdo hace dos años en Las Palmas y en el convenio regulador se fijó la custodia de nuestro hijo a favor de su madre, con un régimen de visitas semanal para mí. Ahora ella me ha comunicado que se traslada a vivir a otro país europeo por motivos laborales y quiere llevarse a nuestro hijo con ella, lo que haría imposible mantener el régimen de visitas semanal que tenemos pactado. Quiero saber si puede hacer esto sin mi consentimiento y qué puedo hacer legalmente para proteger mi relación con mi hijo.
Compré un piso yo sola en Bilbao dos años antes de casarme, con una hipoteca a mi nombre que empecé a pagar desde entonces. Una vez casados, seguimos pagando las cuotas mensuales de esa hipoteca con el dinero de la cuenta común que alimentábamos ambos con nuestros sueldos durante el matrimonio, que entiendo que es dinero ganancial. Ahora que nos estamos divorciando, mi marido reclama que tiene derecho a una parte del piso porque, según él, ayudó a pagarlo. Quiero saber si esto es así legalmente.
Tuve un hijo hace dos años en Almería fruto de una relación breve con un hombre que, desde que se enteró del embarazo, se ha desentendido completamente y se ha negado siempre a reconocer al niño como suyo, a pesar de que estoy convencida de que es el padre biológico. No recibo ningún tipo de ayuda económica de su parte y me gustaría saber si puedo obligarle judicialmente a reconocer la paternidad y a asumir sus responsabilidades como padre, incluida la pensión de alimentos correspondiente.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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