fecha de respuesta: 21.11.2024
En el ámbito penal, la presunción de inocencia rige: nadie puede ser declarado culpable hasta sentencia firme. Sin embargo, si hay indicios de infracción (p.ej., venta masiva de copias pirata), la policía puede incautar los ejemplares como prueba y para evitar su distribución. Esto se hace tras una denuncia y con autorización judicial o de la Fiscalía. El juicio penal determinará si existe delito y la culpabilidad del acusado. Mientras tanto, el material incautado permanece custodiado. Si se declara inocente, se le devuelve (salvo que la propia ley disponga la destrucción por razones de falsificación). La incautación es medida cautelar, no condena anticipada.