fecha de respuesta: 05.01.2025
Si el club adeuda salarios y deja de pagar en los plazos legales o contractuales, el deportista puede instar la extinción de su contrato por incumplimiento grave del empleador. Se asimila a un despido improcedente, devengando una indemnización equivalente. El Real Decreto 1006/1985 contempla el derecho a rescindir si hay impago continuado que perjudique seriamente la relación. Se requiere acreditar los salarios debidos y la inacción del club. Si la jurisdicción social estima la demanda, el deportista queda libre para firmar con otro club y recibe la indemnización fijada por el juez. Dicha indemnización varía según la duración y las cláusulas establecidas.