fecha de respuesta: 18.12.2024
El transporte sanitario no urgente (por ejemplo, ambulancia para revisiones) está cubierto si el paciente, por motivos médicos, no puede desplazarse en medios ordinarios. Debe haber prescripción del facultativo, acreditando que el estado de salud impide usar transporte público o particular. Entonces, la sanidad pública asume el coste del traslado en ambulancia, taxi adaptado u otro medio. Cada servicio de salud autonómico regula las condiciones y la gestión de estos traslados. En emergencias, siempre se activa el 061 o 112 y la ambulancia de urgencia es gratuita. En casos de usuarios que pueden desplazarse por sí mismos, el transporte no está cubierto.