fecha de respuesta: 08.11.2024
En principio, la inviolabilidad del domicilio exige orden judicial para entrar. Sin embargo, si se dan circunstancias excepcionales de urgencia (por ejemplo, un animal agonizando en un balcón a 50ºC, sin agua, y no se localiza al dueño), la policía podría entrar para salvar su vida, aplicando el principio de proporcionalidad y el estado de necesidad. Luego, un juez avala esa actuación. Fuera de la urgencia, se requiere autorización judicial o consentimiento del propietario. Con cada vez más jurisprudencia que considera al animal como ser sintiente, se prioriza su salvamento ante un peligro inminente de muerte o sufrimiento grave.