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¿En qué supuestos la pyme puede deducir el IVA soportado aunque no facture todavía por estar en fase inicial?

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07.01.2025

¿Es preciso darse de alta en el Censo de Hacienda y conservar facturas?

Respuesta a la pregunta 12.01.2025
fecha de respuesta: 12.01.2025

La pyme en fase de arranque, sin ventas aún, puede deducir el IVA de los gastos de inversión y aprovisionamiento siempre que se haya dado de alta previa en Hacienda (modelo 036 o 037) indicando el inicio de actividad económica. Debe conservar las facturas y registrarlas en los libros de IVA. Aunque no haya facturado, al presentar las declaraciones trimestrales o mensuales (según corresponda), podrá reclamar la devolución de ese IVA soportado o compensarlo en futuras declaraciones. Es esencial que el objeto de los gastos se relacione con la actividad y no se confunda con usos personales. Un control contable y un alta formal resultan indispensables para legitimar la deducción.

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