fecha de respuesta: 15.01.2025
El Fondo de Garantía de Depósitos indemniza a los depositantes hasta 100.000€ por titular cuando la entidad se declara en concurso de acreedores o si el Banco de España certifica la imposibilidad de reembolsar los depósitos. Antes, se intentará la resolución o venta del banco mediante el FROB, aplicando bail-in para evitar la quiebra y minimizar el coste público. Si la resolución fracasa o la entidad se liquida, el FGD actúa asegurando a los depositantes. El objetivo es mantener la confianza y evitar retiros masivos. Si la entidad se sanea sin liquidarse, el FGD no se activa.