fecha de respuesta: 22.11.2024
Los anuncios de empleo que limiten el acceso por razones de sexo o edad se presumen discriminatorios, salvo que exista un requisito profesional esencial y proporcionado. La Ley de Igualdad y el Estatuto de los Trabajadores sancionan la publicación de ofertas que indiquen preferencia de sexo (p. ej., “Se busca hombre para ventas”) o restrinjan la edad sin justificación objetiva (p. ej., “Máximo 30 años, abstenerse mayores”). El argumento genérico de querer un equipo “joven” no es válido. Inspección de Trabajo y los tribunales imponen multas y pueden anular la oferta. Sólo procede la excepción si está amparada en normativa específica (por ejemplo, límite de edad para policías con razones objetivas).